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Denuncia en contra de Luisa González: jueza del TCE, Ivonne Coloma, alerta que se intentó evadir citación

Ivonne Coloma dijo en un escrito que se reserva el derecho a ejercer las acciones que correspondan en sede jurisdiccional.

En medio de una denuncia por el cometimiento de una presunta infracción electoral sobre las cuentas de campaña de las “Elecciones Anticipadas 2023” interpuesta por la presidenta del CNE, Diana Atamaint, en contra de Luisa González (Revolución Ciudadana), la jueza del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ivonne Coloma expresó su preocupación por hechos que buscarían interferir las citaciones y notificaciones.

Ivonne Coloma se reservó el derecho a ejercer las acciones que correspondan en sede jurisdiccional o ante las autoridades competentes para garantizar la regularidad del procedimiento.

En un escrito del 26 de enero de 2026, Ivonne Coloma consideró que (Luisa González) presunta infractora, intentó evadir una citación.

González, en un escrito del 23 de enero enviado al TCE, señala que la citación no se configuró en forma legal porque la notificadora “afirma que me citó a las 13:45 del 17 de enero de 2025 en la Unidad Educativa “Manabí”, señala que se acercó a mi persona bajo el pretexto de tomarse una foto y que en ese momento me citó, lo cual no es verdad porque no recibí ninguna notificación referente a esta causa”.

Sin embargo, el TCE asegura que, según la versión de la citadora Lizbeth Chamorro, Luisa González se negó a recibir los documentos y que, por el contrario, sus partidarios le apartaron bruscamente, según se menciona en el escrito.

Dejo constancia que la presunta infractora conoció que está citada en la causa, e incluye evidencia fotográfica”, señala Ivonne Coloma en el escrito.

Y, observó con especial preocupación las conductas orientadas a obstaculizar la diligencia. “Tales actuaciones o cualquier otra dirigida a impedir o entorpecer la labor jurisdiccional, resultan incompatibles con el deber de colaboración con la administración de justicia y con el principio de buena fe y lealtad procesal que rige los procesos contencioso electorales”.

En el escrito, la jueza Ivonne Coloma dice que la denunciada (Luisa González) mediante escrito remitido el 23 de enero compareció dentro del término establecido y contestó la denuncia, con lo cual se evidencia que tuvo conocimiento oportuno de la causa y pudo ejercer su derecho a la defensa en garantía de debido proceso.

En dicho escrito niega los fundamentos de la denuncia y de su escrito de complementación, así como detalla varios supuestos agravios y vulneraciones a preceptos legales; impugna y objeta toda la prueba de la parte denunciante al considerarla impertinente inconducente y no útil.

Los hechos de la denuncia

El 28 de noviembre de 2025, el juez subrogante del TCE, Richard González, admitió a trámite una denuncia presentada por Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) en contra de la representante legal del Movimiento Revolución Ciudadana (RC) lista 5, Luisa González.

El juez de primera instancia admitió la denuncia por una presunta infracción electoral relacionada con las cuentas de campaña del proceso electoral “Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas 2023”.

La denuncia admitida se extiende a:
• Maryuri Zambrano, responsable del manejo económico de la dignidad de asambleístas nacionales de la RC
 Francisco Hidalgo, jefe de campaña.
• Candidatos principales y suplentes de la dignidad de asambleístas nacionales: Pierina Correa, José Agualsaca, Paola Cabezas, Ricardo Ulcuango, Liliana Durán, Eustaquio Tuala, Rosa Arotingo, Hoover Delgado, Gladys Rueda, Jaime Marquínez, Nicole Ramos, Gabriel Cruz, Diana Sanmartín y Daniel Montaño

La presunta infracción está tipificada en el artículo 281, numeral 1 del Código de la Democracia en relación a las cuentas de campaña electoral.

Esta normativa señala que las infracciones relativas al financiamiento de la política y gasto electoral, serán sancionadas de conformidad con las siguientes reglas:

  • Los responsables económicos y las organizaciones políticas a través de su representantes y procuradores comunes en caso de alianzas, que no presenten los informes con las cuentas del partido o movimiento, el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de los mismos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación plena, respaldos de ingresos y egresos serán sancionados con multa de 20 a 70 salarios básicos unificados y la suspensión de los derechos políticos de 2 a 4 años, sin perjuicio de la sanción relativa a la cancelación de la inscripción de la organización política establecida en esta Ley.
  • Los candidatos responderán solidariamente de manera pecuniaria, de acuerdo al nivel de responsabilidad que se determine en el incumplimiento, también dice el artículo. (SC)

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